RNT
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¿Qué es el Registro Nacional de Turismo?

El Registro Nacional de Turismo -RNT- es un registro que habilita la prestación de los servicios turísticos en Colombia, por lo que es necesario tenerlo antes de empezar a realizar la actividad. El RNT permite publicar los prestadores de servicios turísticos, generando confianza en el cumplimiento de la normativa vigente. Todos los trámites del RNT son virtuales a través del portal rnt.confecamaras.co y ninguno tiene costo.

Recuerda que la información que reportas en el RNT puede ser verificada por alguna autoridad o entidad competente para hacerlo, por eso es importante que coincida con la realidad de tu establecimiento.

Haz clic en el trámite de tu interés para conocer más

Realiza tu inscripción en el RNT aquí >

Es el proceso de registrarte por primera vez en el RNT. Es necesaria para todo prestador de un servicio turístico. Se hace de forma virtual y no requiere presentación de documentos. La mayoría de los prestadores requieren registro mercantil previo, salvo algunas excepciones, pero todo prestador necesita tener RUT para inscribirse en el RNT. Debes hacer una inscripción para cada establecimiento de comercio, sucursal, inmueble o agencia.

¿Quiénes deben inscribirse en el RNT?

Cualquier persona, natural o jurídica, que presta servicios turísticos (artículo 2.2.4.1.1.12 del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 229 de 2017). Por ejemplo,

  • Establecimientos de alojamiento turístico: hoteles, centros vacacionales y otros alojamientos turísticos.
  • Viviendas turísticas.
  • Agencias de viajes y turismo, mayoristas y operadoras.
  • Oficinas de representación turística.
  • Guías de turismo.
  • Operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones,
  • Arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional.
  • Usuarios industriales, operadores o desarrolladores de servicios turísticos en zonas francas.
  • Compañía de intercambio vacacional.
  • Empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados.
  • Concesionarios de servicios turísticos en parques.
  • Empresa de transporte terrestre automotor.
  • Parques temáticos.
  • Establecimientos de gastronomía.
  • Bares.
  • Operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos.
  • Organizadores de bodas destino.

Conoce más sobre las categorías y subcategorías de los prestadores de servicios turísticos aquí >

Paso a paso para crear usuario en el RNT

Conoce cómo hacerlo en este video 

Recuerda tener NIT asignado de manera previa.

O sigue este paso a paso:

  1. Ingresa a https://rnt.confecamaras.co/registrar
  2. Regístrate: ingresa los datos requeridos en el formulario para crea tu cuenta y obtener tu usuario y contraseña.
  3. Confirma la cuenta: luego de finalizar, recibirás un mensaje en el correo electrónico inscrito para confirmar tu registro. Haz clic en Ingresa aquí. Tienes 30 minutos para hacerlo. Si no lo haces en este tiempo, debes repetir todo el proceso.
  4. Inicia sesión: ingresa al aplicativo con tu usuario y contraseña. Completa tus datos y actualiza tu contraseña.

Paso a paso para inscribirte en el RNT

Selecciona tu tipo de RNT: establecimiento, inmueble o guía.

  • Inscripción con establecimientos de comercio: selecciona el establecimiento de comercio registrado en el Registro Mercantil que pretendes inscribir en el RNT.
  • Inscripción en la modalidad de inmueble:

Conoce el paso a paso a detalle en la página 18 de la Guía 38, aquí >

 

Reactiva tu RNT aquí >

Si no renovaste el RNT dentro del plazo establecido, debes solicitar su reactivación para poder seguir operando. Para hacerlo, sigue estos pasos:

  1. Paga la multa a favor del Fondo Nacional de Turismo (Fontur) , correspondiente a 106,11 UVB vigente al momento del pago, en el Banco de Bogotá.
  2. Luego, solicita la reactivación en el aplicativo y adjunta el comprobante de pago.
  3. El formulario de reactivación incluirá la información necesaria para la renovación del registro.

Consulta el paso a paso en página 16 de la guía 38 >

 

 

Obtén tus certificados RNT aquí >

La Cámara expedirá los certificados que acreditan tu registro como prestadores de servicios turísticos en el RNT. Estos certificados los puedes descargar, sin ningún costo y las veces que lo necesites con tu usuario y contraseña en la plataforma del RNT, AQUÍ.

Recuerda que como prestador de servicios turísticos debes mostrar el certificado vigente del RNT en tu establecimiento, local o sitio web, incluyendo el número de RNT.

 

Los cambios de dirección, nombre del establecimiento, representante legal, actividades económicas, correo y teléfonos se realizan de manera previa en el Registro Mercantil, para verse reflejados automáticamente en el RNT. Conoce cómo hacer este trámite aquí >
 

Las modificaciones que no requieran actualizar el Registro Mercantil se deben hacer en la plataforma electrónica del RNT aquí > 

IMPORTANTE: para cambio de propietario del establecimiento de comercio, el comprador debe crear su usuario y contraseña en la plataforma del RNT. Después de la inscripción de la compraventa, comunícate con nuestra línea de servicio al cliente (604)4449758 - 018000 412000 para proceder con el cambio de propietario.

¿Cómo actualizar la información del RNT?

Conoce cómo hacerlo en este video:

 

Cancela tu RNT aquí >

Solo pueden solicitar la cancelación los prestadores que tienen RNT activo. Si el registro está suspendido, primero se debe pagar la multa, solicitar la reactivación, renovar, y después proceder con la cancelación.

Recuerda que para cancelar tu RNT necesitas eliminar el código CIIU de la actividad turística en el Registro Mercantil del establecimiento de comercio. Para hacerlo, ingresa aquí >

Las cámaras de comercio cancelarán la inscripción en el RNT a los prestadores de servicios turísticos en los siguientes casos (decretos 1074 de 2015 y 1836 de 2021):

  • Por decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio, en caso de infracciones (artículo 71 de la Ley 300 de 1996).
  • Por solicitud del prestador activo.
  • Por no renovar la inscripción durante dos periodos consecutivos.
  • Cuando se cancele el registro mercantil del establecimiento turístico.

Ten en cuenta: Si cancelas el establecimiento de comercio en el registro mercantil, automáticamente se cancela en el RNT.

Conoce cómo cancelar tu RNT en este video
 

 

Solicita la suspensión de tu RNT aquí >

Las cámaras de comercio suspenderán la inscripción en el RNT en los siguientes casos (decretos 1074 de 2015 y 1836 de 2021):

  • Suspensión voluntaria: el prestador le informa a la cámara de comercio sobre la suspensión de actividades y la fecha en la cual reanudará sus actividades. A diferencia de la cancelación, la suspensión voluntaria permite cerrar el establecimiento por una razón específica y reanudar las actividades con el mismo número de RNT.
  • Suspensión automática: si no se renueva el RNT en el plazo establecido.
  • Causales del artículo 30 de la Ley 2068 de 2020.
  • Por decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio.
  • Por decisión de la autoridad ambiental.

¿Cómo suspender el RNT de forma voluntaria?

Conoce cómo hacerlo en este video

 

Preguntas Frecuentes

¿Dónde puedo consultar el estado de mi RNT?

¿Qué actividades no requieren registro mercantil para registrarse en el RNT

 

  • Viviendas Turísticas: no aplica cuando se tiene como inmueble y depende de si tiene una oferta permanente de servicios o no. Pueden registrarse como inmueble o a través de establecimiento de comercio. Si tu actividad turística es permanente debes solicitar el RNT con establecimiento.
  • Guías de Turismo: no requieren registro mercantil. Sin embargo, si el guía tiene Registro Mercantil, debe renovarlo para proceder con la renovación de su RNT.

Importante: las Cámaras de Comercio no inscriben en el RNT a los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas (CIIU 5530).

Conoce más sobre las categorías de los prestadores de servicios turísticos aquí >

 

¿Cuánto cuestan los trámites del RNT?

Todos los trámites del RNT son totalmente gratuitos.

¿Qué documentos necesito para inscribirme en el RNT?

No se requieren documentos físicos para la inscripción. Solo necesitas tener el RUT y, en algunos casos, el Registro Mercantil.

¿Debo inscribir cada establecimiento, sucursal o agencia que preste servicios turísticos en el RNT?

Sí, cada establecimiento de comercio, sucursal o agencia debe tener una inscripción independiente, y así mismo, deben renovarse.

¿Cuánto tiempo tarda la inscripción o renovación del RNT en ser aprobada?

La respuesta a las solicitudes de inscripción y renovación de vivienda turística es inmediata. Los demás prestadores tendrán un tiempo de respuesta que no podrá exceder los 5 días hábiles.

¿Puedo seguir ofreciendo servicios turísticos mientras el trámite de renovación o reactivación está en proceso?

No. Si tu RNT no está renovado o está en proceso de reactivación, no podrás operar legalmente hasta que se complete el trámite.

¿Si presto varios servicios turísticos, debo tener varios RNT?

Si, por cada servicio turístico que prestes debes solicitar un RNT independiente, salvo los siguientes casos: hoteles que operen restaurantes y eventos en el mismo establecimiento; agencia de viajes que presten servicios de transporte especial; plataformas digitales de servicios turísticos y las  agencias de viaje en línea (OTA), quienes solo deben inscribirse en una de estas dos categorías.

¿Es posible reactivar el RNT después de varios años sin renovarlo o debo hacer una nueva inscripción?

Si no lo renuevas durante dos años, el RNT será cancelado automáticamente. En ese caso, tendrás que hacer una nueva inscripción.

¿Cuál es la diferencia entre actualizar la información del RNT y renovarlo?

Renovar significa informar los cambios de tu empresa año tras año, dentro del plazo legal, del 1.º de enero al 31 de marzo. Actualizar es modificar la información registrada, como cambios de dirección o nombre, que no afectan la vigencia del RNT  y que se pueden hacer en cualquier momento.

Conoce la respuesta a más preguntas frecuentes aquí >

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Recursos disponibles


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