El nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia tiene implicaciones para los comerciantes
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia te invita a leer ya cumplirlo que establece el Código Nacional de Policía y Convivencia, que busca consolidarla cultura ciudadana a través de normas que promueven la sana convivencia mediante el ejercicio formal de la actividad empresarial.
El cumplimiento de los requisitos dispuestos en esta norma te permite llevar a cabo las actividades económicas, industriales y comerciales con total normalidad y sin sanciones, que pueden ser monetarias u otras como el cierre del establecimiento.
TEN CUENTA LA SIGUIENTE INFORMACIÓN AL MOMENTO DE RENOVAR TU MATRÍCULA MERCANTIL
Si te han impuesto una multa con fundamento en el Código Nacional de Policía y Convivencia y han pasado más de seis (6) meses desde la fecha de expedición del comparendo y aún no has pagado, no podrás renovar la matrícula mercantil el próximo año y se desencadenarán las demás consecuencias por no renovar.
Ten en cuenta las consecuencias que pueden generarse si no renuevas tu matrícula mercantil:
- Multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio, por ejercer profesionalmente el comercio sin estar inscrito en el registro mercantil.
- Multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio, por no renovar oportunamente la matrícula mercantil del comerciante y la de sus establecimientos de Comercio, agencias o sucursales.
- Pérdida de los beneficios asociados a las “pequeñas empresas jóvenes”, en razón de no poder renovar la matrícula mercantil para los comerciantes que aplique.
- Eventual depuración del Registro Único Empresarial y Social - RUES, si como consecuencia del vencimiento de una multa, el comerciante no renueva por un período de 5 años su matrícula mercantil o la de sus establecimientos de comercio, agencias o sucursales.
- Pérdida de la condición de Afiliado de las Cámaras de Comercio.
Para verificar si has sido multado con motivo del Código de Policía y Convivencia y el estado del pago de la multa, ingresa al sitio web https://srvcnpc.policia.gov.co/PSC/frm_cnp_consulta.aspx
PARA LOS COMERCIANTES QUE EJERCEN ACTIVIDADES DE ALTO IMPACTO
Las actividades de alto impacto son aquellas que consisten en la venta y consumo de bebidas alcohólicas o los servicios sexuales. Los comerciantes y establecimientos que ejercen estas actividades, además de que deben estar formalizados, deben contar con la certificación donde conste que el uso del suelo para dicha actividad es permitido.
La forma en la que se identifican las actividades de alto impacto es través de los códigos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU, mediante clases de cuatro números, que se deben reportar al momento de realizar la matricula mercantil en la Cámara, estos mismos códigos son necesarios para solicitar el NIT del comerciante.
Ten en cuenta que, si en tu negocio ejerce una actividad de alto impacto, si deseas modificar la información de tu registro al momento de realizar la renovación de tu matrícula mercantil, deberás aportar la certificación de usos de suelo.