Garantías Mobiliarias
Son un mecanismo que permite a personas naturales y jurídicas garantizar o respaldar el pago de sus obligaciones con bienes muebles, tales como vehículos, motos, efectivo, ganado, entre otros, permitiendo que la entidad financiera o acreedor del sector real pueda entregar el recurso financiero. Y ante un eventual incumplimiento en el pago total de la obligación pueda hacer efectiva la garantía por ejecución especial de la garantía mobiliaria, el pago directo o la ejecución judicial.
De esta manera permite mayor acceso al crédito para personas y empresarios.
El servicio de garantía mobiliaria, es prestado directamente por Comfecámaras y debe registrarse SIEMPRE ante www.garantiamobiliaria.com.co para que tenga plena validez para todos los involucrados en la obligación e incluso de cara a terceros. El registro inicial de la garantía tienen un costo el cual puede consultar ingresando aquí
El registro de garantía mobiliaria es un sistema unificado de información, ágil y completamente virtual que permite llegar a toda la comunidad y se realiza a través de la página mencionada.
Ejecución Especial de la Garantía Mobiliaria
El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, en adelante CCAAC de la CCMA, presta el servicio de “Ejecución especial de la garantía mobiliaria”, en virtud de la exigencia de la Ley 1676 de 2013 y para ello se apoya todo el proceso operativo y de gestión de dicho servicio a través de la plataforma: www.garantiasmobiliarias.com.co
¿Cuándo procede la ejecución especial de la garantía mobiliaria?
- Por mutuo acuerdo entre el acreedor y el garante contenido en el contrato de garantía, suscrito al momento de otorgamiento del crédito, así como en sus modificaciones o en acuerdos posteriores.
- Cuando el acreedor garantizado sea tenedor del bien dado en garantía.
- Cuando el acreedor tenga derecho de retención del bien.
- Cuando el bien tenga un valor inferior a los veinte (20) salarios mínimos legales mensuales.
- Cuando se cumpla un plazo o una condición resolutoria de una obligación, siempre que expresamente se haya previsto la posibilidad de la ejecución especial.
- Cuando el bien sea perecedero.
¿Cuánto dura el procedimiento de ejecución especial de la garantía?
Conforme con lo acordado entre las partes en el contrato de garantía, al momento de la firma, este podrá culminar en transacción, apropiación o enajenación del activo entregado en garantía y puede tomar un tiempo entre veinte (20) a sesenta (60) días, según el tiempo que se tomen para el pago de las tarifas que se cobran por este servicio.
¿Cuáles son los beneficios de hacer una ejecución especial de la garantía?
Todo se realiza a través de un sistema unificado de información que brinda agilidad y virtualidad para su realización, ayuda a llevar a cabo la ejecución extrajudicial cumpliendo de manera detallada las exigencias legales en busca de proteger los derechos de ambas partes en el proceso y permite al final la apropiación del bien entregado en garantía o la enajenación en menor tiempo y costo para las partes.
¿Cuál es el procedimiento para llevar a cabo la ejecución especial de la garantía en CCAAC de la CCMA?
Trámites
- El acreedor garantizado es el único que puede iniciar el proceso y para ello debe diligenciar el formato de ejecución especial ingresando con tu usuario y contraseña a la página www.garantiasmobiliarias.com.co, con su diligenciamiento notifica automáticamente al Centro para que revise y de inicio de la ejecución.
- Con el inicio, se notifica nuevamente al acreedor garantizado para que defina si quiere continuarlo y permite al deudor ponerse al día o negociar con la entidad. Confirmado por el acreedor el inicio de ejecución el Centro liquida e informa al acreedor la tarifa que debe pagar por el servicio
- El CCAAC de la CCMA, realiza la liquidación de la tarifa de ejecución con base en la cuantía de lo adeudado y lo remite por el mismo aplicativo para que el acreedor proceda con el pago de la tarifa y lo habilita para cargar el soporte en la misma aplicación.
- Cuando el acreedor garantizado pague la tarifa, deberá cargar el pago en la aplicación para dejar soporte para las partes del estado del proceso.
- Validado el pago el CCAAC de la CCMA remite copia del acta de inicio, por el sistema al deudor, garante, acreedor garantizado y a los acreedores concurrentes si los hay, con la información propia del proceso inicio, con el fin de dar un plazo de 10 días para que los deudores puedan formular oposiciones, si las tienen .
- En caso de presentarse oposiciones, deberá el deudor informar al Centro para que le habilite para cargar información al expediente y vencido los 10 días hábiles, dará traslado al acreedor garantizado por un término de 5 días hábiles, para que remita igualmente sus comentarios a las oposiciones presentadas por el deudor. Ya con la información de ambas partes, el CCAAC de la CCMA remitirá el expediente a la autoridad competente en el término de 3 días hábiles.
- Si se va al juez, se deberá esperar su decisión para poder proceder o terminar el proceso iniciado de ejecución especial de la garantía
- Si no hay oposiciones o el juez no acoge las presentadas, debe continuar el proceso para la apropiación o enajenación del bien, en el cual el CCAAC de la CCMA realizará el acta de aprehensión según lo pactado por las partes.
¿Cuándo aplica la solución de controversias dentro del proceso de ejecución especial de la garantía?
Cualquier controversia que se suscite respecto a la constitución, interpretación, prelación, cumplimiento, ejecución y liquidación de una garantía mobiliaria, puede ser sometida por las partes a conciliación, arbitraje o amigable composición por medios electrónicos y para ello antes del vencimiento del término para presentar oposiciones, el CCAAC de la CCMA citará a las partes para que con la ayuda de un negociador como tercero neutral den solución a la controversia que se suscita entre ellas, en caso de resolverlo el proceso terminará anticipadamente mediante transacción.
¿Las garantías pactadas antes de la expedición de Ley 1676 de 2013, pueden ejecutarse mediante el régimen especial de garantías mobiliarias de esta nueva norma?
Si, acorde con esta ley permite que para ello el acreedor garantizado pueda solicitar por escrito al deudor para que dentro del término de diez (10) días acuerde con él que acepte este procedimiento nuevo de ejecución especial de la garantía mobiliaria en su acreencia anterior. Si acepta, deja soporte en documento de la aceptación, que será que ante un incumplimiento debe adjuntar el acreedor y de lo contrario el acreedor garantizado, solo podrá acudir a la ejecución judicial.
Si tienes interés en constituir una garantía mobiliaria, te invitamos a consultar la página: www.garantiamobiliaria.com.co igualmente si necesitas llevar a cabo una ejecución especial de la garantía mobiliaria.
Cualquier duda o inquietud, te responderemos en: garantiasmobiliaras@camaramedellin.com.co
TARIFAS PROCESOS EJECUCIÓN ESPECIAL 2024
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Rango valor de la pretensión del monto a recuperar
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Valor de la tarifa antes de IVA
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IVA 19 %
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Valor de la tarifa incluido IVA
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Menor o igual a $ 4.823.000
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$ 294.000
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$ 55.860
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$ 349.860
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4.823.001 – 10.335.000
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$ 585.000
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$ 111.150
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$ 696.150
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10.335.001 – 20.670.000
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$ 1.171.000
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$ 222.490
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$ 1.393.490
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20.670.001 – 31.005.000
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$ 1.660.000
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$ 315.400
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$ 1.975.400
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31.005.001 – 50.297.000
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$ 2.734.000
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$ 519.460
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$ 3.253.460
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50.297.001 – 248.040.000
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$ 2.927.000
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$ 556.130
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$ 3.483.130
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248.040.001 – 516.750.000
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$ 3.906.000
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$ 742.140
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$ 4.648.140
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516.750.001 – En adelante
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$ 5.815.000
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$ 1.104.850
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$ 6.919.850
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