¿Qué es el Arbitraje Exprés?
Es un mecanismo mediante el cual las partes pueden solucionar sus conflictos con todos los beneficios del arbitraje en los términos de su actual regulación legal y reglamentaria, pero contando con una serie de ventajas tales como:
- Un procedimiento con todas las garantías legales pero con mayor flexibilidad en todas las fases procesales
- Tiempos más cortos
- Menores costos
- 100% virtual con plena validez legal
- Árbitros de las Listas Permanentes del Centro
- Aprobado por el Ministerio de Justicia y el Derecho
Principales beneficios y diferencias
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REGLAMENTO GENERAL ARBITRAJE
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EXPRÉS
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PACTO
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En el pacto (cláusula compromisoria o Compromiso) solo requiere hacerse alusión al arbitraje
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El pacto expresamente debe indicar que se tramita por procedimiento exprés.
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CUANTÍA
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No tiene límite de cuantía de las pretensiones y divide los procesos en menor cuantía (inferior a 400 SMLMV), mayor cuantía (iguales o superiores a 400 SMLMV e indeterminada
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Tiene como límite de cuantía de las pretensiones 800 SMLMV y si es indeterminada debe ser determinable hasta 800 SMLMV
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NATURALEZA
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Nacional e internacional
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Nacional
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CANTIDAD DE ARBITROS
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De acuerdo con la cuantía o el pacto (1 o 3)
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Árbitro único (1)
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REUNIONES Y AUDIENCIAS
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Presencial, virtual o mixto
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Exclusivamente virtual desde la presentación de la demanda.
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NOMBRAMIENTO
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El Centro tiene 5 días para nombrarlo o citar a reunión de nombramiento
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El Centro tiene 3 días para nombrarlo o citar a reunión de nombramiento
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TIEMPO PARA ACEPTACIÓN O RECHAZO DEL ÁRBITRO
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5 días hábiles
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3 días hábiles
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TRASLADO DEL DEBER DE INFORMACIÓN
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5 días hábiles
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3 días hábiles
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SECRETARIO
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Siempre tiene esta figura
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Es opcional, pero el árbitro puede asumir esta función.
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AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN
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Se realiza en todos los casos
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Solo si las partes la solicitan de mutuo acuerdo
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DURACIÓN DEL PROCESO
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6 meses desde la finalización de la primera de trámite, prorrogable hasta por otros 6 meses con aprobación de las partes
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60 días hábiles desde la finalización de la primera audiencia de trámite, prorrogables de oficio, hasta por 15 días hábiles.
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SUSPENSIÓN
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Máximo 120 días
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Máximo 15 días hábiles
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LAUDO
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Audiencia de laudo
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No hay audiencia de laudo. Este se notifica por medios electrónicos
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Tarifas
CUANTÍA DEL PROCESO (Salarios mínimos legales mensuales vigentes – SMLMV)
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TARIFA
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Menos de 10
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10 SMLDV
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Entre 10 e igual a 176
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2.75%
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Más de 176 e igual a 282
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2.15%
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Más de 282 e igual a 400
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2%
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Más de 400 e igual a 800
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1.8%
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Indeterminada
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22 SMLMV
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Modelo Cláusula:
“Toda controversia o diferencia relativa a este contrato será dirimida por un tribunal de arbitramento administrado por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, con sujeción al Reglamento de Procedimiento de Arbitraje Exprés, siempre que la diferencias objeto de arbitraje tengan una cuantía – determinada o determinable – hasta de 800 SMLMV.
En caso de que la demanda tenga una cuantía, determinada o determinable superior a 800 SMLMV o si la misma es indeterminada, la controversia se resolverá por tres (3) árbitros designados de común acuerdo por las partes, y en caso de que no fuere posible, mediante sorteo realizado por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia de sus listas. El tribunal funcionará en las instalaciones del mencionado Centro, se sujetará a las reglas previstas en su Reglamento General además de las disposiciones vigentes sobre la materia y decidirá en derecho.”