Arbitraje Internacional
La Unidad de Arbitraje del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, administra trámites arbitrales internacionales bajo su propio y moderno reglamento de arbitraje internacional, con árbitros colombianos y extranjeros especialistas en la materia, y en tecnológicas instalaciones que le permiten conectarse a través de nuestro sistema, desde cualquier parte del mundo.
Un arbitraje es internacional de conformidad con el artículo 62 de la ley 1563 de 2012, cuando:
(a) Las partes en un acuerdo de arbitraje tengan, al momento de la celebración de ese acuerdo, sus domicilios en Estados diferentes
(b) El lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones o el lugar con el cual el objeto del litigio tenga una relación más estrecha, está situado fuera del Estado en el cual las partes tienen sus domicilios