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La contratación estatal debe ser usada por las entidades públicas para cumplir sus fines, garantizar la prestación de los servicios públicos de manera eficiente y eficaz y respetar los derechos e intereses de quienes trabajan con ellas para alcanzar sus objetivos. A su vez, los particulares deben cumplir con sus contratos, colaborar con las entidades en el logro de sus metas y desempeñar una función social que conlleva unas obligaciones.
Esto, sumado al hecho de que a partir de esos acuerdos de voluntades se administran recursos públicos, hace que la actividad contractual de las entidades estatales esté sujeta al control y vigilancia de organismos de control (como las contralorías y las procuradurías) y de la ciudadanía misma. Las veedurías pueden vigilar la contratación que está destinada a cumplir funciones públicas y es liderada por una entidad especial (del Estado).
El objetivo de este documento es ser una guía metodológica que les sirva a las veedurías para analizar los expedientes de contratos estatales y para vigilar la actividad contractual financiada con recursos públicos, tal y como les faculta el sistema jurídico colombiano.