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5. ¿Cuándo se realizan los sorteos públicos de nombramiento de árbitros?

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Se realizan los martes y jueves a las 9:00 a.m. de manera virtual a través de los enlaces enviados por el Centro a los interesados.

“El módulo de creación de árbitros, parametrización y ejecución de sorteos del sistema MASCinfo versión 2.0, del 2 de diciembre de 2021 utilizado por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia en los procesos de selección de árbitros fue auditado por la Firma Ernst & Young SAS, y cuenta con una certificación independiente bajo el estándar de atestiguamiento ISAE 3000 sobre el cumplimiento del sistema de los criterios funcionales y técnicos implementados para la ejecución de procesos de sorteos de árbitros, en línea con los criterios generales establecidos por la Cámara. Este informe se encuentra disponible y puede ser consultado con personal de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia”

4. ¿Dónde se presenta la demanda arbitral?

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En el Centro acordado por las partes, es decir, en el que se indicó en el pacto arbitral (cláusula compromisoria o compromiso). Si el pacto no lo indica, deberá ser en el domicilio de la parte demandada.

 La presentación de la demanda se hace de manera virtual al correo arbitraje@camaramedellin.com.co En caso de tener alguna duda para su presentación puede comunicarse a este mismo correo.

Al momento de enviar archivos tenga en cuenta, que el peso máximo permitido del correo de la Unidad de Arbitraje es de 20 MB; en caso de que sobrepase dicho peso, deberá acudirse a programas como WeTransfer o OneDrive, entre otros. El Centro acusará recibo de la demanda por correo.

3. ¿Cuánto debe pagar por gastos iniciales?

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El pago inicial al radicar la demanda depende de la cuantía:

  • Menor cuantía: Igual o inferior a 400 SMLMV deberá pagar 25,02 UVT más IVA
  • Mayor Cuantía: superior a 400 SMLMV deberá pagar 50,05 UVT más IVA
  • Cuantía indeterminada deberá pagar 50,05 UVT más IVA

1. ¿Qué es necesario para acudir al arbitraje para solucionar un conflico?

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Para acudir al arbitraje es necesario que exista un acuerdo entre las partes, denominado pacto arbitral, en el cual manifiestan su intención de acudir a la justicia arbitral en reemplazo de la justicia permanente (jueces de la República).

El pacto arbitral puede darse:

Antes de presentarse el conflicto, incluyendo una cláusula compromisoria en sus contratos

Después de surgido un conflicto: Firmando un documento denominado compromiso en el cual las partes deciden que un conflicto actual lo resuelvan a través de arbitraje.

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